Las Casas de Cambio, en cierta cantidad, siguen operando bajo irregularidades. Así lo determinó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mencionando que durante el 2011 sólo 1,100 centros cambiarios y 35 transmisores de dinero obtuvieron su registro ante el SAT. De esta manera, hay alrededor de 3,000 establecimientos que operan de manera informal.
En este sentido, se sigue la tendencia desfavorable que los establecimientos informales están abusando del sector pese a las modificaciones realizadas el pasado 3 de agosto a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.
Recordamos que, los cambios realizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), llevan a que los establecimientos tenían tiempo hasta el 2 de noviembre del 2011 para poder llevar a cabo la modificación de su registro de autorización para operar; sin embargo, aún existen cientos de establecimientos que no realizaron su inscripción y continúan activos.
Asimismo, es importante saber que antes, los centros estaban registrados como personas físicas, pero con las disposiciones establecidas en la ley se les obligó a inscribirse como centros mercantiles ante el SAT.
Los cambios realizados en la normativa tienen la finalidad de mantener regulado el sector de cambio de divisas, además limitar el lavado de dinero. En cuanto al reporte, deberá fortalecer la supervisión dentro y fuera de la institución. Asimismo, dentro de lo que será la supervisión interna se encuentra implementada actualmente por medio de un reporte por parte de las instituciones supervisadas, pero solamente a través de documentación básica, como los estados financieros y datos generales de operación.
Las modificaciones en la ley también establecen que las casas de cambio deberán permitir a la CNBV que los inspeccione una vez al año y además pagar 30,000 pesos por ello.
Actualización 20 de Septiembre 2012
Es importante destacar que existe en propuesta la ley de casas de cambio presentada en días pasados por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), David Pérez Tejada, la cual buscaría aplicar más a los centros cambiarios y a otras empresas que se dedican a la compra y venta de divisas, pues las casas de cambio son un sector ya muy regulado, estimaron directivos de estas organizaciones auxiliares del crédito.
Las casas de cambio para poder constituirse deben contar con un capital mínimo de 40 millones de pesos, cuando los centros lo hacen con 50,000 pesos, además de que las primeras son entidades auxiliares del crédito y forman parte del sistema financiero mexicano, cuando los segundos están catalogados como sociedades mercantiles.
Mientras que los centros cambiarios pueden realizar operaciones hasta por 10,000 dólares por cliente en un día.
No obstante, refirió que la autoridad también ya ha estado haciendo esfuerzos para regular a los centros cambiarios, así como a otras empresas con incursión en la compra, venta y exportación de divisas.
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